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Dos empresas reciben la mayor multa en España hasta la fecha por uso de software sin licencia

En España, cuatro de cada diez programas de software utilizados en empresas no cuenta con licencia del fabricante, según BSA.

piratería de software

El juzgado de lo mercantil número dos de Alicante ha condenado a dos empresas a pagar más de 453.000 euros en concepto de daños y perjuicios en lo que se ha convertido en una de las mayores multas impuestas en España contra compañías por la reproducción de programas de software sin licencia, según ha publicado BSA, The Software Alliance.

Las organizaciones Vicedo Martí y Enfiva son las penalizadas en un proceso que se inició en 2015 a partir de la información recibida sobre la posible infracción a través de la página web de denuncias de BSA, y tras la demanda interpuesta ante los juzgados de Alicante. Estas empresas tienen sede en la localidad alicantina de Ibi y se dedican al diseño y fabricación de piezas y productos mediante inyección de plástico.

La sentencia supone el pago de una indemnización de 453.800 euros en concepto de daños y perjuicios, importe correspondiente al valor de mercado de los programas sin licencia detectados, a lo que las empresas habrán de sumar los intereses legales en los que han incurrido desde la interposición de la demanda, y el pago de las costas judiciales, en total, más de 500.000 euros.

Las compañías deberán destruir también las copias del software ilegales y cesar en su uso, a no ser que adquieran nuevas versiones legales de este programa avanzado para el diseño industrial y la gestión de procesos de fabricación.

En España, cuatro de cada diez programas de software utilizados en empresas no cuenta con licencia del fabricante, según la última Encuesta Global del Software realizada por IDC para BSA. De este modo, las organizaciones españolas se sitúan 15 puntos por encima de la media de los países de Europa Occidental.

“Esta sentencia es un ejemplo de los graves riesgos legales a los que se enfrentan las empresas que utilizan para su beneficio software sin adquirir los derechos del mismo a través del correspondiente acuerdo con el fabricante. Además de ser un acto de clara competencia desleal, supone una infracción que como vemos puede tener consecuencias económicas y operativas muy importantes”, ha señalado Carlos Pérez, socio responsable del área de IT, Risk y Compliance de la firma legal Écija. 



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