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El Parlamento Europeo aprueba el tratado de copyright ACTA

Tras 11 rondas de negociaciones internacionales, el texto final del controvertido acuerdo antifalsificaciones Anti-Counterfeiting Trade Agreement (ACTA) ha superado su mayor reto. Ha sido aprobado como un paso adelante en la dirección adecuada por el Parlamento Europeo, con 331 votos a favor frente a 294 en contra y 11 abstenciones.

Aunque el Parlamento ha pedido algunas garantías a la Comisión Europea, la votación supone que, en principio, el texto legal final puede ya ser aprobado por la Comisión en el encuentro que tendrá lugar del 30 de noviembre al 3 de diciembre en Sydney. Según los términos del Tratado de Lisboa, los estados miembros del Parlamento Europeo debían dar su consentimiento a la medida.

El alto porcentaje de votos en contra, responde a la molestia de muchos estados miembros por haberles dejado al margen durante gran parte del período de negociación. No obstante, algunos cambiaron de actitud después de conseguir con sus quejas una mayor transparencia.

ACTA ha sido observado con recelo desde un principio debido al secreto impuesto por Estados Unidos y la preocupación ante la posibilidad de que pudiera violar las reglas de privacidad de datos de Europa. El texto parece reforzar los derechos de propiedad intelectual y aplicar medidas más rígidas para combatir la piratería online y el software ilegal.

El párrafo más controvertido de ACTA deja la puerta abierta a que los países puedan interrumpir las operaciones de los usuarios de Internet si descargan material sujeto a copyright, dado que las autoridades podrían ordenar a los proveedores de servicios Internet (ISP) revelar información sobre sus clientes.

Esta parte ha sido finalmente suavizada eliminando la palabra “ordenar” para sustituirla por la idea de que las partes implicadas “deberán” desarrollar leyes para demandar información de los ISP. Pero fuentes próximas a las negociaciones sugieren que se considera la medida dentro de las prácticas recomendables.

El texto además contempla la imposición de sanciones contra cualquier dispositivo o software que se comercialice como un medio de evitar controles de acceso, como la encriptación, diseñados para impedir la copia ilegal. Además, exige aplicar medidas contra el uso intencionado de tales tecnologías.


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