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"El cibercrimen crece un 12% en España mientras que el crimen tradicional cae un 4%"

Así lo ha recordado Vicente Magro, magistrado de la sección primera de la Audiencia Provincial de Madrid en una jornada organizada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) sobre cibercrimen y delitos informáticos.

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Vicente Magro, magistrado de la sección primera de la Audiencia Provincial de Madrid.

Formar e informar al cuerpo de Policía sobre el escenario de cibercrimen y delitos informáticos que se ha generado en la era digital. Ese ha sido el objetivo de la jornada Cibercrimen y delitos informáticos, organizada por Sindicato Unificado de Policía (SUP) con la colaboración de la compañía de seguridad Kaspersky, quien mantiene un acuerdo con el anterior para brindar formación en ciberseguridad.

En esta jornada diversos expertos en esta materia han profundizado en el ámbito de la ciberseguridad y en los delitos informáticos en particular, en cómo la informática forense está dando respuesta a los desafíos de la nueva era, en las últimas tendencias en vulnerabilidades y ciberamenazas y en los retos y dificultades jurídico-tecnológicas que se abren al respecto. Uno de estos expertos ha sido Vicente Magro, magistrado de la sección primera de la Audiencia Provincial de Madrid, quien resaltó en su intervención que “mientras el cibercrimen crece un 12% en España el crimen tradicional cae un 4%”. El magistrado aseguró que se trata de un porcentaje similar al que ostentan los países europeos en general, una tendencia que solo se entiende si se tiene en cuenta el suculento negocio que gira en torno al crimen organizado en Internet: “El cibercrimen mueve 500.000 millones de euros en todo el mundo. […] El daño que ocasiona es brutal”, recordó el experto.

 

“Hay que ser contundentes contra el cibercrimen”

Vicente Magro lo tiene claro: “Hay que ser contundentes contra el cibercrimen. Por ello, el Código Penal cada vez lo tiene más en cuenta, aunque yo soy partidario de crear un apartado donde se especifiquen todos los delitos informáticos, pues hay mucha gente que comete ciberdelitos sin saber que lo son”. Este es el caso de aquellos que difunden vídeos ilícitos sin el consentimiento de la persona que ha sido grabada (muchas veces grabada también sin su consentimiento): “El delito de grabar y difundir vídeos ilícitos de sexting, por ejemplo, puede conllevar penas de entre dos y cinco años de prisión. Es más, redifundir estos vídeos, aunque no se haya participado en ellos, también tiene una pena de entre uno y tres años”. De ahí, según el experto, que urja la educación digital entre la ciudadanía. "Es fundamental que exista una educación digital en materia de delitos informáticos”.  

 

Necesaria colaboración entre los proveedores de Internet y el cuerpo policial

Otro aspecto sobre el que alertó Magro fue la necesaria colaboración entre los prestadores de servicios de Internet y la Policía. “Los primeros tienden a considerar que la libertad de expresión está por encima de la protección de los ciudadanos en materia de cibercrimen, y no es así. Esto ocurre, por ejemplo, con muchos delitos de ciberdelincuencia que se comenten en las redes sociales”, afirmó el magistrado, para quien “las penas que están en el código penal, sobre todo en materia de ciberdelincuencia, tienen que ser eficaces. Un ejemplo sería no poder usar las redes sociales durante cinco años”.

Magro reconoció, no obstante, que “a veces hay que poner cierto límite. Ha ocurrido que con el pretexto de recopilar información para luchar contra el terrorismo también se ha captado información económica o personal de los usuarios”.

Lo que, según el magistrado, no puede permitirse, es que “haya que recurrir al cierre judicial de páginas web ofensivas o que comentan algún delito cuando deberían ser los propios proveedores de servicio de Internet los que las eliminaran”.

 

Cuenta atrás para la aplicación de la GDPR

Magro también departió sobre el derecho al olvido, que se incluye en el nuevo Reglamento de protección de datos de la UE (GDPR, de sus siglas en inglés), que entra en vigor en mayo de 2018. “Se trata de un derecho fundamental, por ejemplo, de cara a temas como la violencia de género”. Respecto al citado Reglamento, Magro recordó que éste se aplicará directamente aunque la actual Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) no se adecúe a la nueva normativa europea. “Aquellas partes de la LOPD que se opongan a lo que dice el nuevo Reglamento no serán válidas”. Algunas de las nuevas obligaciones para las empresas al hilo de esta normativa serán disponer de un delegado de la protección de datos, la obligatoriedad de comunicar los ciberataques y tener que enfrentarse a importantes multas si no lo hacen”. De cara a los ciudadanos y consumidores, éstos tendrán que dar su consentimiento expreso para que las empresas puedan utilizar sus datos.

 

 



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