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"La nueva LOPD justifica actuaciones como la de Cambridge Analytica"

El Senado acaba de autorizar, bajo el marco de la nueva LOPD, a los partidos políticos a crear bases de datos de ideología de los ciudadanos a fin de enviar propaganda electoral personalizada. Una decisión que ha levantado ampollas y que ya ha sido recurrida al Tribunal Constitucional.

martillo ley

 

El Senado acaba de abrir una puerta a la polémica y a una actividad inédita antes en España. Bajo el marco de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), que debía actualizarse para transponer el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, por sus siglas inglesas), los partidos políticos podrán establecer censos de ciudadanos basándose en las ideologías que manifiestan en Internet y redes sociales  para, llegado el caso, poder mandar propaganda electoral personalizada. Tal y como explica a CSO Moisés Barrio, abogado experto en TI y ciberseguridad, se ha introducido en la normativa la Disposición Final Tercera por la que se modifica la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Ésta, cuenta, tiene dos problemas. “El primero es que autoriza a los partidos a recopilar información de las opiniones políticas de las personas y únicamente con unas ‘garantías adecuadas 'que no precisa”. Es decir, deja manga ancha a que hagan uso de estas actividades a su antojo. “Por otra parte, y además, podrán obtener dichos datos en páginas web y otras fuentes de acceso público para lanzar campañas electorales por correo electrónico, mensajería instantánea y anuncios personalizados en redes sociales o medios equivalentes”.

El político será el único colectivo que pueda actuar de esta manera. Es más, la decisión ya ha levantado ampollas en toda la sociedad, más cuando parece que el rumbo que están tomando tanto el Viejo Continente como Estados Unidos se encauza hacia la protección de los datos personales de los ciudadanos, a costa incluso de cuantiosas sanciones económicas como la que contempla GDPR en Europa del 4% de su facturación anual para aquellas empresas que sufran una fuga de datos e incumplan con la ley. “La decisión tomada por el Senado legaliza actividades como la de Cambridge Analytica con los datos que obtenían de los usuarios de Facebook”, asevera Barrio. La consultora británica se hizo con la información de más de 50 millones de personas a través de la plataforma dirigida por el ínclito Mark Zuckerberg y la utilizó en favor de la campaña promotora del Brexit en Reino Unido. Tras el escándalo, la compañía echó el cierre.

 

“Esperamos que el Tribunal Constitucional tumbe la nueva ley”

Carlos Rodríguez, experto en ciberseguridad y director de producto en la aseguradora multinacional AIG, tras conocer la noticia y en sus primeras impresiones cree que esta disposición va en contra del mandato de GDPR. “El Reglamento es muy claro, para recoger todo este tipo de datos se necesita el consentimiento expreso de los usuarios finales. Si lo hacen, entiendo que no debería haber ningún problema, aunque sabemos que algunas compañías como Facebook no siempre han mantenido esto a rajatabla”.

Por otro lado, las asociaciones de defensa de los usuarios españoles ya se han movilizado. Facua- Consumidores en Acción, una de las más representativas del país, ha mostrado su apoyo al recurso que ha hecho hoy la formación Unidos Podemos al Tribunal Constitucional. “Confiamos en que la nueva norma, que también legaliza la posibilidad de que los partidos hagan spam con propaganda electoral a la ciudadanía a través de cualquier medio de comunicación, sea finalmente rechazada”, ha declarado la asociación en un comunicado. Ésta se ha mostrado especialmente dura y considera “que la mera existencia de este tipo de bases de datos de personas catalogadas por su ideología es impropia de países democráticos que defienden la libertad de expresión, por los peligros de utilización que entrañan”. Además, añade que la nueva norma permite a los partidos políticos, que son entidades privadas con un interés manifiesto en alcanzar el poder de gobierno, a enviar propaganda electoral sin consentimiento previo”.



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